La Subsecretaría de Trabajo multó a “Pedidos Ya” con motivo de una infracción al art. 79 de la Ley de Contrato de Trabajo y a las Resoluciones de AFIP que reglamentan el deber de inscripción o registración de sus trabajadores. La plataforma digital se alzó contra dicha decisión, interponiendo recurso de apelación por ante la cámara de Apelación laboral de dicha provincia, pero ésta finalmente confirmó la multa entendiendo que sus repartidores, llamados también jinetes o riders, son efectivamente trabajadores dependientes y no están debidamente registrados por ella.