Ataque la Vicepresidenta. El delito de magnicidio no esta tipificado en nuestro Código Penal.

Captura de video tomada de La Nación

El delito de magnicidio no esta tipificado en nuestro Código Penal. Según un pequeño trabajo realizado con mis compañeros, el delito tipificado y aplicable al detenido por este hecho es el 80 inc 2; en grado de tentativa por la alevosía, en concurso real de arma de fuego (189 bis) inc. 2 tercer párrafo (prisión de 1 a 4 años). A ello se le suma el agravante del 41 bis (intimidación contra las personas con arma de fuego) con lo que la pena, se agrava 1/3 en su mínimo y en su máximo. En definitiva la pena posible va de 13 años y 4 meses de mínimo a 20 años de máximo. Y la posibilidad de solicitar la libertad condicional a los 8 años y 8 meses.

Es increíble que el Código Penal tipifique en el art 80 el homicidio agravado contra un miembro de las fuerzas de seguridad y no, contra un integrante de cualquiera de los tres poderes del Estado sea Nacional, provincial o municipal. Creo que es una gran oportunidad de insistir en tipificar los delitos de magnicidio, genocidio y ecocidio